Información técnica

Nuestro compromiso es proporcionar sistemas de blindaje corporal que permitan salvar vidas.

Normas de protección balística

LA NORMAS DE LA NIJ, SON LAS MAS CONOCIDAS Y ACEPTADAS EN EL MUNDO PARA BLINDAJES CORPORALES

La normas del NIJ (National Institute of Justice) del gobiernos de los Estados Unidos, son ampliamente conocidas y aceptadas por diversas instituciones militares, policiales, penitenciarias y privadas de todo el mundo. Por lo tanto, el estándar NIJ es el punto de partida para el diseño y fabricación para este tipo de blindaje. Sin embargo existen otras normas, como las “HOSDB body armor standards” de UK, la “VAPM” de Europa. Con algunas diferencias, basicamente las normas se dividen en niveles, que corresponde a las amenazas sobre el cual protege el sistema. Los ensayos se realizan con cañones de prueba, en un sistema de disparo estático para asegurar los angulos de incidencia. Los disparos se efectuan a determimnadas distancias, usualmente a 5 metros para munición usada en armas de puño y a 15 metros para minución usada en fusil. Los sistemas de protección se disparan sobre un material de refuerzo, comunmente plastilina roma Nro.1®, antes y dispues de los disparos el material de refuerzo se verifica con un procedimiento para validar que este dentro del rango aceptable para asegurar que los ensayos fueron efectuados correctamente de acuerdo lo descrito en la norma. La señal de impacto máxima aceptable en la NIJ son 44mm y puede llegar a los 25mm en las otras normas.

Realidad en Chile

En el caso de Chile para la seguridad privada se usa la NIJ 0101.04 pero con una señal de impacto máxima de 40mm y el IDIC del Ejército de Chile es la entidad certificadora de acuerdo a lo dispuesto en DL 867.

Marco técnico normativo

NIJ 0101.04

El siguiente recuadro identifica los niveles de protección descritos en la norma, para mas detalles visita el siguiente enlace de la NIJ:

https://www.ojp.gov/pdffiles1/nij/183651.pdf

NIJ 0101.06

El siguiente recuadro identifica los niveles de protección desdcritos en la norma, para mas detalles visita el sieguiente enlace de la NIJ:

https://www.ojp.gov/pdffiles1/nij/223054.pdf

El Decreto 867 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública “dicta reglamento sobre nuevos estándares para personas, personal y empresas que reciben servicios o realizan actividades de seguridad privada”.

El citado marco legal, es el primer esfuerzo en Chile para estandarizar y hacer exigible cierto nivel de seguridad en sistemas de protección balistica para los guardias de seguridad y vigilantes privados en el ejercicio de sus funciones.

En el art 9º impone medidas adicionales de seguridad

El chaleco antibalas, debe cumplir con las siguientes exigencias:

  1. Nivel de Amenaza: El chaleco deberá contar con una señal de impacto que no sea superior a 40 mm.
  2. Entidad Certificadora: Los chalecos antibalas que utilicen los guardias de seguridad, deberán estar certificados de acuerdo a la normativa técnica de ensayo balístico NIJ 0101.04., por el Laboratorio de Resistencia Balística, del Instituto de Investigaciones y Control del Ejército de Chile (IDIC). Esta entidad certificadora, además llevará un registro de los elementos a ensayar y cantidad, tipo y resultado de los ensayos realizados. Este registro deberá ser comunicado cada 90 días corridos a la Zona de Seguridad Privada, Control de Armas y Explosivos, quienes lo distribuirán entre las autoridades fiscalizadoras de Seguridad Privada.

Para mayores detalles revisar el siguiente enlace:

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1116274

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